Estimados juristas díganme por favor si es correcto que un juez de lo civil y mercantil me haya prevenido para que le proporcione dirección de una persona que celebró pacto de retroventa en el cual la demandada utilizó un poder falsificando la firma del dueño de las propiedades. (el juez quiere la dirección para emplazar dice al hombre que dio el dinero -aunque este no ha sido demandado- que practicamente fue víctima de la demandada, pero quien ha sido demandada a sido la que utilizó el poder del cual se pide la nulidad y consecuentemente todos los actos celebrados con este poder)
Por la atinada respuesta de ustedes atentamente agradecido.
no importa a quien represente diga que aunque la tenga diga que no la tiene y que gire los oficios correspondientes.. no se oponga a nada y no de a entender que se hace el suizo
Si usted no cuenta con dicha dirección no se preocupe, elabore un escrito en el cual mencione que no posee dicha dirección y solicite que se hagan las labores de búsqueda de dicha persona, para que el tribunal elabore los oficios y puedan buscarlo en la base de datos del RNPN o ISSS por ejemplo.