Colegas tengo una inquietud resulta que el aceptante de una herencia ha enviado su certificación de nacimiento debidamente apostillada y traducida al castellano pero es del mes de febrero del año 2016 , hay problema de incorporarla en las diligencias de herencia por el tiempo que fue emitida?
En un primer momento pensaría que no, pero por aquello de las dudas es aconsejable en que se apersone previamente al Tribunal y pida una audiencia breve ya sea con el Juez o en su defecto el secretario y les consulte que criterio manejan al respecto. cada Tribunal es diferente, para algunos ese detalle no es objeto de prevención para otros pudiera que si lo sea.