pregunta de divorcio mutuo consentimiento.

20 Feb 2017 20:01 #1 por j. knight
Muy buenas noches amigos, necesito una ayuda en cuanto al escrito poder, el cual es para representar a mis clientes en un divorcio por mutuo consentimiento... La pregunta es:
En el escrito del poder especifico, puedo poner a ambos?' o tengo que hacer dos poderes????

Otra pregunta es: El convenio tiene que ser en escritura publica o puede ser en otro documento???

Ademas: en este divorcio hay un hijo menor...puedo hacer una caución juratoria o tiene que ser necesariamente una fianza personal??? El divorcio lo judicializaré en San Salvador!

Otra pregunta: Este es de otro caso: si un menor solo tiene el apellido de la mamá, para sacar el pasaporte..solo ella puede asistir???? sin necesidad de un permiso del procurador general o algo asi?'?? y si, solo ella puede asistir a sacar el pasaporte???..que documentos debe de presentar??? Solo el dui de ella y la partida del hijo????

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

21 Feb 2017 07:52 #2 por willieparedes
Respuesta de willieparedes sobre el tema pregunta de divorcio mutuo consentimiento.
En el escrito del poder especifico, puedo poner a ambos?' o tengo que hacer dos poderes? Como quieras, puedes hacer uno solo donde ambos te confieren las facultades para hacer el divorcio en los términos de mutuo consentimiento. Pero nada prohibe que hagas poderes separados, lo único que en la demanda tendrías que relacionar ambos poderes, lo cual si lo confieren ambos evitas el juego de palabras de relacionar dos poderes pues solo relacionas uno.

El convenio tiene que ser en escritura publica o puede ser en otro documento??? No existe en el código prohibición para que se haga en Acta Notarial (y si se puede lo más se puede lo menos) puedes otorgar el convenio en escritura pública, la diferencia es que presentas junto con la demanda el Acta Original o del otro modo presentas el testimonio de Escritura Pública

Ademas: en este divorcio hay un hijo menor...puedo hacer una caución juratoria o tiene que ser necesariamente una fianza personal?
En realidad la caución debe ser real o personal. Real: Hipoteca o Prenda... Personal: Fianza. Te sugiero que si no hay bienes que la persona que se obliga con la manutención del menor rinda una fianza, para lo cual no existe prohibición de que sea un familiar (quien sea, los abuelos inclusive) para asegurar el cumplimiento de las cuotas de manutención.

Respecto de tu última duda, ella tiene que presentarse a migración con su DUI y la partida de nacimiento de su menor hijo. Donde consta que solo es hijo de ella. No tiene que pedir autorización a nadie más pues ella tiene la autoridad parental del menor por no existir filiación paterna

Saludos.

Lic. Francisco William Paredes

"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...
El siguiente usuario dijo gracias: lic_oscarorellana

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.159 segundos
Gracias a Foro Kunena