Hola colegas. Mi cliente desea vender un inmueble a favor de su hijo de 22 años de edad, pero su papá quiere que en la escritura se estipule que el comprador osea su hijo, no lo venda hasta que cumpla 38 años de edad. En este caso ¿podría usarse la figura de compraventa con reserva de derecho de usufructo? o que tipo de contrato puedo ofrecerle, siempre y cuando se inscriba en el CNR.