DILIGENCIAS DE RECTIFICACION DE PARTIDA

27 Feb 2017 11:09 #1 por soulscapoke
DILIGENCIAS DE RECTIFICACION DE PARTIDA Publicado por soulscapoke
Hola colegas quisiera que alguien me aclara disculpen la falta de experiencia soy nueve en el ejercicio, en que casos es que se rectifica la partida de nacimiento via judicial y en que casos via notarial ???

tengo un caso en el cual una persona me presenta certificacion de partida de nacimiento original del año 1990 y me presenta certificacion actual, en la antigua dice que la persona nacio en el 1974 y en la nueva dice en 1972 al ser confrontada en la alcaldia en el libro correspondiente dice que nacio en el 1972, ademas de ello el nombre es Irene y en la partida le pusieron Yrene con Y sera que se puede rectificar que nacio en el 1974 y el nombre Irene quitarle la Y y ponerle Irene
de antemano muchas gracias

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27 Feb 2017 12:08 #2 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema DILIGENCIAS DE RECTIFICACION DE PARTIDA
.... CUANDO ES VIA JUDICIAL........CUANDO ES MENOR DE EDAD.... No importa si es rectificación u otra diligencia .
...... CUANDO ES VIA NOTARIAL.- cuando el interesado es adulto.
..... En el caso que tu plantea te aconsejo que tienes que seguir es una NULIDAD DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE TU CLIENTE POR QUE TIENE DOBLE ASENTAMIENTO. ESTO SE HACE VIA JUDICIAL.
... Tienes que preguntarle que partida quiere Anular...

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
El siguiente usuario dijo gracias: soulscapoke

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