necesito alguien me diga si una rectificación de partida de nacimiento por omisión de un apellido, en donde la persona mandara poder para que alguien le inicie dichas diligencias, debe realizarse vía notarial o judicial..
Si enviara poder es mayor de edad,, entonces no importa si lo hace via notarial o judicial lo unico aqui es el tiempo tarda menos tiempo en via jurisdicción voluntaria y es mas el costo que por via judicial.