Tengan un buen día todas y todos.
Mi duda es la siguiente: Resulta que se escrituró una compraventa de segregación por venta donde los otorgantes ("A" y "B") le expresaron al notario que el inmueble objeto de la segregación era la PORCIÓN DOS (según antecedente); y resulta que cuando se realiza todo el trámite (incluso el plano del topógrafo), los otorgantes estaban segregando en realidad de la PORCIÓN UNO. La escritura se presenta al registro y ha sido observada porque ciertamente existe error en el inmueble objeto de la compraventa con el que verdaderamente las partes fueron a medir con el ingeniero.
Ahora bien, frente a eso, existe el dilema si hay que retirar el instrumento sin inscribir en el CNR, para elaborar una nueva escritura donde el que (originalmente) compró ("B") le venda al que originalmente vendió ("A") la parte supuestamente segregada de la PORCIÓN DOS; ello, debido a que no puede realizarse una resciliación.
¿O, procede a realizar una RECTIFICACIÓN?, donde los otorgante aclaren ("A" y "B"), que el inmueble objeto de la segregación es la PORCIÓN UNO, ya que de esa es de donde verdaderamente se segregará el inmueble???
Buen dia.
Mi sugerencia sería que retire sin inscribir y elabore un nuevo documento con la descripción técnica y las especificaciones del inmueble correcto.
Saludos.