Buenas noches alguien me oriente he hecho acta de sustitución de poder ... Mi gran duda donde debo sellar el testimonio de poder q he sustituido... Y esta acta la coloco después del paso del testimonio??? Mil gracias de antemano...... Esa una vez sustituí en acta y resulta q no era así según el juzgado y pues no quiero equivocarme ....
Asi es Venus la sustitucion se enlaza con el poder del testimonio la cual firmas y sellas en su esquina inferior derecha y su respectivo enlace que "En".-
Es correcto, se enlaza con el testimonio del poder otorgado a tu favor y que hará la sustitución debe de colocar la palabra "EN" su firma completa y el sello de notario y a continuación incorpora el acta respectiva, que formará parte del documento.
Importante recordar que cuando se sustituye si es en materia civil y mercantil, no puede sustituirse nuevamente, por lo que deberá de emitirse un nuevo instrumento
Samuel Bonilla escribió: Es correcto, se enlaza con el testimonio del poder otorgado a tu favor y que hará la sustitución debe de colocar la palabra "EN" su firma completa y el sello de notario y a continuación incorpora el acta respectiva, que formará parte del documento.
Importante recordar que cuando se sustituye si es en materia civil y mercantil, no puede sustituirse nuevamente, por lo que deberá de emitirse un nuevo instrumento
Y cual es la base legal que impide una nueva sustitucion? o es en la practica que no la aceptan los tribunales?