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17 Abr 2017 08:26 #1
por def
Honorables colegas quiero que me digan si en el proceso civil y mercantil puede ser sustituido el apoderado que ya está para un solo acto por otro abogado, y cómo sería la mejor forma de hacerlo (es decir con un poder especial o de qué manera)
Por sus respuestas atinadas de antemano gracias.
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17 Abr 2017 09:20 #2
por 123456
haga un poder y queda sustituido el otro base legal 72 y 73 CPCM
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17 Abr 2017 13:25 #3
por rhlovecraft
Puede hacerlo también por delegación
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18 Abr 2017 10:41 #4
por marlon_cabrer
sì, puede ser sustituido por otro poder
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