La reconvencion , cuando es emplazado el que era demandante y en este momento adquiere la calidad de demandado, tiene 15 dias contando el mismo dia del emplazamiento, es decir no despues del dia de notificado, lo explicare:
si le notificaron el dia uno de julio, asumiendo que era dia habil, tiene 15 dias habiles contados desde el mismo dia 1 de julio, osea que tiene hasta el 15 de julio para contestar, asumienndo q todos estos dias son habiles, es solo paa efctos de ejemplificar.
Hay juzgados "cuenta la leyenda que disque cuentas al dia despues", pero los de santa tecla, cuentan desde el dia en que se emplazo.
Asi q muchos ojos colegas, no hay q dormirse ni esperar al ultimo dia, ponganse las pilas.
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"