NÚMERO DIECINUEVE.-LIBRO SETENTA Y UNO.-CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.- En la ciudad de ............................... a las quince horas treinta minutos del día veintiuno de octubre del año dos mil quince.-Ante mí, , Notario, de este domicilio, comparecen la señora .............................o; que en el contexto de este contrato se llamará "LA ARRENDANTE"; y el señor .......................................; que en el contexto de este contrato se llamará "EL ARRENDATARIO".- Y ME DICEN: Que por medio del presente instrumento celebran un Contrato de Arrendamiento, el cual estará sujeto a las cláusulas siguientes: I) OBJETO DEL CONTRATO: La arrendante entrega en arrendamiento al arrendatario una casa de su propiedad de naturaleza urbana, situada en Final Cinco Calle Poniente, Número Seis– doce, de esta ciudad, con sus accesorios, todos en buen estado y funcionando: tales como los servicios de agua potable, instalaciones eléctricas y sanitarios y el arrendatario se da por recibido de la casa y accesorios a su entera satisfacción.- II) DESTINO DEL INMUEBLE: El arrendatario destinará la casa para vivir con su familia.- III) PLAZO DEL CONTRATO: El plazo de vigencia del presente contrato es de DOS AÑOS, que se comienzan a contar a partir del día treinta de octubre del presente año y terminará por consiguiente el día treinta de octubre del año dos mil diecisiete, prorrogable por otro plazo igual, siempre que las partes así lo acordaren, previo aviso que se dará por escrito con treinta días de anticipación a la finalización del plazo, para que se prorrogue el contrato, siempre que el arrendatario estuviere al día con el pago de los cánones de arrendamiento, de no haber acuerdo, el arrendatario deberá desocupar la casa completamente y entregarla al vencimiento del plazo señalado.- IV) PRECIO DEL ARRENDAMIENTO: El precio por todo el plazo del arrendamiento es de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, que el arrendatario se obliga a pagar por medio de veinticuatro cuotas mensuales, anticipadas, fijas y sucesivas de DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES de los Estados Unidos de América, cada una, pagaderas dichas cuotas el día treinta de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo, excepto que esta fecha canceló la primera mensualidad.- Se conviene que el arrendatario gozará de un periodo de gracia de dos días, para cancelar el canon de arrendamiento mensual, si transcurrido estos dos días no ha cancelado, se considerará que está en mora en dicho pago.- En caso que la mora fuere mayor de treinta días, se desconectaran mientras dure la insolvencia, los servicios de agua potable y energía eléctrica a criterio de la arrendante, sin que se pueda imputar ningún malestar, delito o falta por los daños que pudieran ocurrir por la falta de dichos servicios.- V) La casa que se entrega en arrendamiento se encuentra pintada, limpia, con todos sus servicios en buen funcionamiento y se obliga el arrendatario a devolverla en iguales condiciones.- VI) PROHIBICIONES AL ARRENDATARIO: Al arrendatario se le prohíbe: a) Subarrendar en todo o en parte la casa que se le entrega en arrendamiento; b) Hacer modificaciones de cualquier naturaleza sin previo permiso escrito de la arrendante; c) Destinar la casa para un fin distinto del pactado; y d) No podrá introducir materiales corrosivos, inflamables o explosivos.- Toda mejora que se hiciere, quedará en beneficio de la casa, sin que la arrendante tenga que reconocer pago alguno por tales conceptos.- VII) SON OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO: El pago de consumo de agua potable y el pago por el consumo de energía eléctrica y debe entregar fotocopias a la arrendante de los recibos pagados; reparar por su cuenta los desperfectos locativos; devolver la casa arrendada cuando la desocupe, en las mismas condiciones que la recibe; mantener la casa arrendada en buen estado y en buenas condiciones de aseo y limpieza y permitir el ingreso de la arrendante a la casa, para constatar su estado.- VIII) CADUCIDAD DEL PLAZO: El plazo caducará y la arrendante podrá exigir inmediatamente la desocupación de la casa arrendada por las causas siguientes: a) Por mora en el pago de una o más mensualidades del canon de arrendamiento y demás obligaciones por pagos de servicios de energía eléctrica y agua potable; y b) Por violar cualquiera de las cláusulas o condiciones de este contrato.- Si el arrendatario desocuparé la casa por cualquier motivo antes de finalizado el plazo, deberá de avisar a la arrendante con un mes de anticipación y solamente pagará el tiempo ocupado.- IX) DEPÓSITO: El arrendatario entrega la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES de los Estados Unidos de América, en concepto de depósito que servirá para responder por los daños que presente la casa, cuando se desocupe, así como también para responder de los pagos de los servicios que estuvieron pendientes de pago.- Si dicha cantidad no fuera suficiente para cubrir tales gastos, se obliga el arrendatario a completar el valor de los mismos, pero si quedare un saldo pendiente a su favor, la arrendante se lo devolverá juntamente con los recibos que hubiere pagado.- La cantidad de depósito no se podrá compensar con el valor de ninguna mensualidad de arrendamiento.- El arrendante se da por recibido de dicha cantidad de dinero.- X) En caso que el arrendatario no desocupe la casa que recibe en arrendamiento de acuerdo a lo pactado en el presente contrato, pagará por mes empezado la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES de los Estados Unidos de América, sin que ello signifique prorroga de contrato, sino que como daños y perjuicios por privación de oportunidad de disponibilidad de la casa arrendada.- XI) Para el caso de acción judicial los contratantes señalan esta ciudad como domicilio especial.- Será depositario de los bienes que se le embarguen al arrendatario la persona que la arrendante designe, a quien revela de la obligación de rendir fianza.- Serán de su cuenta al arrendatario los honorarios de esta escritura y todos los gastos en que la arrendante incurra en el cobro de las obligaciones derivadas de este contrato, inclusive los llamados gastos personales.- Así se expresaron los comparecientes, a quienes explique los efectos legales de este instrumento, y leído que les hube íntegramente lo escrito en un solo acto sin interrupción, ratifican su contenido por estar redactado conforme a sus voluntades y firmamos.-DOY FE.-