adopcion de un menor de edad

10 Jul 2017 08:39 #1 por mel2017
adopcion de un menor de edad Publicado por mel2017
Muy Buenos dias colegas, quisiera saber sobre como adoptar un menor de edad, mi cliente esta fuera del pais, quiere adoptar a una sobrina de el que su padre fallecio, la madre esta de acuerdo, que es lo primero que se debe hacer? Y si es necesrio que mu cliente venga al pais, o se puede con solo el poder, espero sus valiosos aportes, bendiciones!

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10 Jul 2017 15:55 - 10 Jul 2017 15:57 #2 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema adopcion de un menor de edad
Debe realizar una solicitud a la OPA para que le trámite la solicitud de adopción, cumpliendo los requisitos generales como especiales para el caso de ser salvadoreño cuya residencia es el extranjero, le proveo de algunos requisitos necesarios para el proceso de adopción:
Poder General Judicial con cláusula especial otorgado ante un notario o el Cónsul de El Salvador, a favor de un Abogado que ejerza la profesión en la República de El Salvador. La Cláusula Especial es para facultar al abogado para que inicie, siga y fenezca en la Procuraduría General de la República e Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, las respectivas diligencias de autorización y de aptitud para la adopción de un menor, así como en el juzgado de Familia del lugar de residencia habitual del adoptado, las diligencias de jurisdicción voluntaria correspondientes a fin de que se decrete la adopción a favor de los solicitantes. Asimismo, debe facultarse al Abogado para que una vez decretada la adopción pueda seguir trámites, tales como la inscripción en el Registro del Estado Familiar de la nueva partida de nacimiento del niño o niña, migratorios y de visa del menor.
Certificación de partidas de nacimiento de los adoptantes, para probar que son mayores de veinticinco años de edad.
Certificación de partida de matrimonio de los adoptantes, para probar que tienen más de cinco años de casados.
Certificación de poseer condiciones morales para asumir la autoridad parental (antecedentes penales o policiales).
Comprobante de la capacidad económica de los adoptantes por medio de Certificación de Constancias de Salario que devengan o devenga alguno de ellos, ó referencias bancarias o por cualquier documento idóneo, siempre y cuando los solicitantes no sean asalariados.
Estudio social y psicológico realizado por especialistas de una Institución Pública, Estatal del lugar de su domicilio, dedicadas a velar por la protección de la infancia o de la familia o por profesionales, cuyos dictámenes sean respaldados por una entidad de tal naturaleza, a efecto de comprobar condiciones familiares, morales, económicas, sociales, de salud y psicológicas de los adoptantes. DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 12 DE LA CONVENCION DE LA HAYA, TODO ORGANISMO ACREDITADO EN SU ESTADO DE RECEPCION, PARA ACTUAR EN UNA ADOPCION INTERNACIONAL EN EL SALVADOR, DEBERA TAMBIEN HABER SIDO ACREDITADO POR LAS AUTORIDADES CENTRALES :PGR E ISNA.
Certificación del estado de salud física de los adoptantes y del adoptado.
Certificación expedida por institución pública o estatal de protección de la infancia o de la familia, oficialmente autorizada, donde conste que los adoptantes reúnen los requisitos exigidos para adoptar por la Ley de su domicilio y del compromiso de seguimiento de la situación en el país de residencia de los adoptados.
Fotografías de los solicitantes así como del interior y del exterior de la casa.
Autorización de la entrada y residencia del niño (a) en el país a residir.
Designación de la(s) persona(s) que (el, la) los solicitantes elijan como responsables del cuidado del menor o menores a adoptar, en caso de ocurrir una enfermedad, incapacidad o muerte de los solicitantes, la cual deberá contener como mínimos los datos siguientes: nombre completo del (los) designado(s), su edad, profesión u oficio, ingresos mensuales, estado familiar –es decir, manifestar si es casado, soltero, viudo o divorciado-, indicación de hijos biológicos y/o adoptivos si los tuviere, parentesco o tipo de afinidad que tiene con los solicitantes, dirección de su lugar de residencia, que sea de preferencia del mismo domicilio que el de los solicitantes. Dicho documento de designación debe estar legalizado e ir firmado por los (el, la) solicitantes y por el (los) responsable(s) aceptando tal designación.
Copia legalizada del (los) pasaporte(s) del (la, los) solicitante(s).
Si los solicitantes tuvieren hijos biológicos o adoptivos tuvieren hijos biológicos, deberán anexar certificación de partida de nacimiento y constancias de buena salud de los mismos.
Tome en consideración que los documentos deben ser enviados y autenticados ante el Cónsul de El Salvador o debidamente apostillados por la autoridad competente del país del domicilio de los adoptantes.
Deberá ser traducida, deberá tener la firma del traductor y estar debidamente autenticada o apostillada, si la auténtica o apostilla debe ser traducida deberá seguir lo establecido en el artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias.
Además deberá entregar dos expedientes foliados desde la solicitud (original y copia certificada por Notario).

espero le sirva esta información.

RIVAS

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10 Jul 2017 15:59 #3 por Luis7
Respuesta de Luis7 sobre el tema adopcion de un menor de edad
Excelente respuesta

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10 Jul 2017 19:06 #4 por mel2017
Respuesta de mel2017 sobre el tema adopcion de un menor de edad
Hola, si me servira mucho, agradezco el haver compartido sus conocimientos en el tema, me sera muy util

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10 Jul 2017 22:25 #5 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema adopcion de un menor de edad
Recuerden colegas que ya existe una nueva ley de adopción
Y la opa ya no existe será una nueva oficina de adopciones la que verá el tema
Pero por ahora todavía no está conformada
Por lo que las adopciones no están operando actualmente hasta que se difunta todo
Y el juzgado de familia ya no verá esta situación di no que será el jena
Y el tema es una adopción internacional

WALDO2173

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13 Jul 2017 11:21 #6 por mel2017
Respuesta de mel2017 sobre el tema adopcion de un menor de edad
:blink: muchas gracias, estare pendiente de esa situcion, gracias por el aporte

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13 Jul 2017 12:19 #7 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema adopcion de un menor de edad
LEY ESPECIAL DE ADOPCIONES:

Oficina para Adopciones
Art. 45.- La Oficina para Adopciones, es una oficina especializada de la Procuraduría General de la
República con autonomía técnica. Tiene como función principal recibir, tramitar y resolver administrativamente
la solicitud de adopción de niñas, niños y adolescentes, así como de los procesos o diligencias que sean
necesarios para tal fin, garantizando su interés superior.

RIVAS

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13 Jul 2017 20:47 #8 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema adopcion de un menor de edad
Cómo digo la opa esta en transición será una nueva oficina que tramite las adopciones y esta estará conformada no sólo por la pgr si no que habrá otras instituciones como fgr isna, etc
Así que las adopciones no se están tramitando en la pgr por ahora

WALDO2173

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