PODER PARA HERENCIA YACENTE

02 Ago 2017 15:30 #1 por Noemy
PODER PARA HERENCIA YACENTE Publicado por Noemy
Podría alguien proporcionar una modelo de poder para herencia yacente?? por favor,

"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8

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03 Ago 2017 08:46 #2 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema PODER PARA HERENCIA YACENTE
hágalo igual a un poder general judicial con clausula especial

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03 Ago 2017 11:04 #3 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema PODER PARA HERENCIA YACENTE
NÚMERO TREINTA Y SIETE.- LIBRO SETENTA Y UNO.- PODER GENERAL JUDICIAL CON CLÁUSULAS ESPECIALES.- En la ciudad de ……………… a las diez horas del día doce de noviembre del año ……………………...-Ante mí, …………………………., Notario, del domicilio de ………………., comparece la señora……………………………….- Y ME DICE: Que confiere PODER GENERAL JUDICIAL CON CLÁUSULAS ESPECIALES, amplio y suficiente en cuanto a derecho fuere necesario, al Licenciado………………………...- A) PODER GENERAL JUDICIAL: El cuál otorga para que en su nombre y representación, tenga las facultades generales que le confiere el Artículo Sesenta y Nueve inciso primero del Código Procesal Civil y Mercantil, a fin de que pueda iniciar, seguir y fenecer, es decir, que abarcará todo el proceso, con sus instancias y recursos en toda clase de juicios, diligencias o cualquier otro asunto en que tenga o pueda tener interés, ya sean civiles, mercantiles, menor cuantía, penales, laborales, administrativas, de tránsito, de familia, o cualquier otra clase, desde los actos preliminares hasta la ejecución; y faculta a su Apoderado para realizar válidamente, todos los actos procesales comprendidos, en la tramitación de los procesos, ante cualquier Juez, funcionario, tribunal u oficina competente según el caso, e intervenir en todos ellos, como actor o demandada, o en cualquier otro concepto, en todas las instancias y recursos ordinarios y extraordinarios; así como acusar a quienes cometan delitos contra la compareciente, e intervenir en las diligencias de conciliación en materia de Tránsito y también faculta a representarla en las Diligencias y Procedimientos mencionados en la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias; como también lo faculta para que pueda solicitar testimonios en la Sección del Notariado de la Honorable Corte Suprema de Justicia y firmar de recibido, podrá su Apoderado autorizar a otra persona para recibirlo.- B) CON CLÁUSULAS ESPECIALES: Para mejor desempeño del poder que otorga, confiere a su Apoderado, las facultades generales del mandato y las especiales que enumera el Artículo Sesenta y Nueve inciso segundo del Código Procesal Civil y Mercantil, que consisten en: Recibir emplazamientos, así como para la renuncia, la transacción, el desistimiento, el allanamiento y las actuaciones que comporten la finalización anticipada del proceso; quedando sujeto a los deberes de los procuradores que señala el Articulo Setenta y Uno de la referida ley.- Asimismo, su Apoderado podrá sustituir el presente poder o delegarlo total o parcialmente, así como también podrá revocar las delegaciones totales o parciales que hubiese conferido.- En todo caso, los sustitutos o los delegados ejercerán el poder con iguales facultades o en los límites que sean señalados en la delegación, que las conferidas en este poder.-Así se expre¬so la otor¬gan¬te, a quie¬n expli¬qué los efec¬tos lega¬les de éste poder, cerciorándome dete¬ni¬¬damente que ya lo cono¬ce, com¬pren¬de y por ello lo conce¬de a su mandatario las facul¬tades dichas y leído que le fue por mí, lo escrito en un solo acto inin¬terrumpido, en¬con¬trán¬do¬lo escrito y redactado a su volun¬tad, ratifica su conte¬nido y firmamos.-DOY FE.-

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