En el art. 217 de la Ley de Bancos, habla de que en el proceso Ejecutivo, para base del valuo se tomara el de menor base. Sin embargo, se dan dos diferencias, en los valuos presentados:
La primera es: Entre el del banco (menor) y el del demandado (mayor) es de 18 mil dolares.
La segunda: Un perito lo puso el Agrícola y el otro lo contrato el demandado. El del banco, presento el valuó hace mas de 8 meses ( SE HA TRATADO DE SUBASTAR EL INMUEBLE Y NO COMPARECEN COMPRADORES) y mi peritaje, tiene un mes y medio.
Habra alguna disposición o criterio de Sala, que permita que la base sea un valor próximo al valuó mayor, o que se solicite al Banco a efectuar un nuevo valuó, en vista de que las situaciones han mejorado en la zona, o sera que el Banco siempre va llegar las de ganar, a pesar que su valuó no es acorde a la realidad de la zona. ME NOTIFICARON ESTE DIA