Muy buenas tardes, necesito de su ayuda. Tengo un caso de pérdida de autoridad parental, el caso es el siguiente:
Mi clienta actualmente reside en los Estados Unidos, es residente y procreó una menor que actualmente tiene 12 años, y vive aca en el pais con sus abuelos maternos; el papá nunca se hizo responsable, típico... Solo la asentó y desapareció. Mi clienta dice que actualmente este fulano, está detenido en un penal, desconozco si esta cumpliendo una pena o no. Mi pregunta radica en cual sería la mejor opción, demandarlo con paradero desconocido o si menciono el hecho que esta detenido. Es mi primer caso al respecto, por lo que no tengo seguridad que seria lo más recomendable y lo más factible en el caso en concreto.
Espero su ayuda, y de ante mano les agradezco colegas.
Es recomendable no exponerse profesionalmente a los resultados de violentar el principio procesal consagrado en el Art. 13 CPCM.
De manera que antes de demandar en necesario conocer desde cuando está en el penal para establecer en el proceso de familia la situación referida en el Art. 240 2° C.F. pues si a vía de ejemplo la niña tiene la edad de doce años y en el penal el padre está desde hace dos y en los 10 años anteriores no ha velado por los intereses de su hija, como es la crianza educación y alimentación; es obvio que ha habido un abandono.
Pero los hechos de dicho escenario ejemplificado y supuesto, en caso cierto deberá probarse con instrumentos es decir si usted investiga la situación y no puede obtener la prueba instrumental de tales hechos y situaciones penales o penitenciarias, deberá entonces mencionarlo en la demanda y ofertarlos los como prueba y al mismo tiempo pedir el auxilio judicial para mediante el proceso de familia recabar dicha prueba.
Pero si la visitaba y ayudaba pero ahora ya no, porque está preso, el panorama es contrario.
un gusto, cuidese.