Es el caso que se me ha solicitado entregar la carta por medio del cual el arrendante de un inmueble le notifica al arrendatario que el contrato de arrendamiento no se renovará y que desocupe la vivienda. Que pasa si el arrendatario no quiere firmar de recibido? Puedo yo como notario levantar un acta?
Les agradecería sus comentarios.
Las cosas mas triviales se vuelven fundamentales...eliminando los moldes del azar.
El Notario debe notificar con la anticipación estipulada en el contrato de arrendamiento, al Arrendatario; Para ello se llevará un acta notarial en la cual conste el acto de notificación, si es que se desarrolla con normalidad por lo cual firma el arrendante, y otra acta con el supuesto que fue notificado y que se negó a firmar.
en los dos casos ya ha quedado legalmente notificado.