AMIGOS, EN UN PROCESO DE DECLARACION JUDICIAL DE PATERNIDAD, MI CLIENTE QUE ES EL DEMANDADO, NIEGA QUE EL NIÑO SEA SU HIJO BIOLOGICO, SIN EMBARGO ESTA DISPUESTO A SOMETERSE A LA PRUEBA DE ADN, PERO RESULTA QUE HOY POR UNA OPORTUNIDAD LABORAL FUERA DEL PAIS, POR UN PERIODO DE DOS AÑOS, A FINALES DEL MES DE NOVIEMBRE, YA NO SE PRESENTARA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR QUE ESTA PARA DICIEMBRE, DE LO ANTERIOR ES POSIBLE PEDIR AL JUEZ COMO PRUEBA ANTICIPADA QUE SE REALICE LA PRUEBA DE ADN, A EFECTO DE ESTABLECER SI EL NIÑO ES SU HIJO BIOLOGICCO, QUE OPINAN COLEGAS.
SE adecua perfectamente a los presupuestos de la prueba anticipada
Procedencia del anticipo de prueba
Art. 326.- Cuando por las circunstancias del caso sea de temer la pérdida de un medio de pruebapor la imposibilidad de reproducción de los hechos en la audiencia probatoria, sea por la situación delas personas o el estado de las cosas, y aún no se hubiese iniciado el proceso en el que habría de producirseésta, el futuro demandante, o demandado, que pretenda establecer la existencia de un hecho, podrá acudiral Juez competente a efecto de que sea practicada anticipadamente.
Lo mismo podrá hacer cualquiera de las partes cuando, encontrándose en trámiteel proceso, noestuviere en la etapaprocesal oportuna para ello.
Prueba que puede anticiparse
Prueba anticipada
Art. 54.- CFEl Juez podrá ordenar la práctica anticipada de cualquier prueba cuando no pueda
efectuarse en la audiencia o cuando la dilación pueda provocar grave riesgo para el ejercicio del
derecho.
La prueba anticipada se practicará previa cita de las partes y del Procurador de Familia, pena de
no hacer fe.
Art. 327.CPCM- Será admisible el anticipo de prueba respecto de cualquier medio de los que este códigoprevé.
Tratándose de instrumentos públicos o privados, el anticipo de prueba sólo procede cuando,habiéndose ya iniciado el proceso donde se anunciaron y al que se pretende su incorporación, no hayallegado aún la etapa procesal probatoria y se tema por la destrucción u ocultación de los mismos
Asi es, como muy bien lo detalla el colega de conformidad a los Artículos ahí citados puede solicitar que se practique el Examen de ADN como prueba anticipada
Solicitar la prueba anticipada es lo correcto, trate de acercarse al tribunal y conversarlo con el secretario a fin que le den prioridad a la petición, y cerciórese a su vez que el poder con el cual representa a su cliente la faculte lo suficiente en ausencia de el, a su petición también es conveniente anexar documento que compruebe que el necesita salir del país por que dependiendo del tribunal en el que lleve el caso, lo van a valorar.
Muchas gracias a todos los colegas por sus aporte en el presente caso, es procedente entonces que pida la prueba anticipada por lo antes expuesto, solo que tengo que presentar la documentacion pertinente para demostrar al juez que por motivo laboral el saldra de nuestro pais.