les pido ayuda!!! necesito saber como es un juicio ejecutivo mercantil, tengo experiencia, pero ya de hace rato, y metoca llevar un caso es del 2007 asi q esta con el viejo procedimiento, es el embargo de una casa, la cosa q desde 2012 esta en archivo general y se dejo tirado el caso, quiero saber q haacer, cuanto dura y sobre todo cuanto cobrar ayudaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
Sus actuaciones serán de acuerdo a la parte que representa.
Si es con el demandante, presente escrito mostrándose parte junto con el poder que lo habilita; y con ello, solicitarán el expediente y activa el proceso. Toda vez no se haya declarado la caducidad de la instancia; ya que si es así, lo tendrán por parte, pero para efectos de devolverle el documento base de la acción, previa petición.
Si no lo han declarado caducado y tampoco hay sentencia, solicítela; pero, si ya hay Sentencia, inicie la fase de ejecución de la Sentencia, por falta de cumplimiento; esto es que se practique la liquidación y demás trámites judiciales para la realización del bien embargado.
Si es de parte del demandado, solicite el expediente, sin presentar escrito alguno; eso tarda un poco más; pero cuando ya usted lo pueda estudiar, verifique si ya se aplicó la caducidad de la instancia o no; vea cuando fue la ultima actuación del actor y luego presente escrito solicitando se le aplique la caducidad y que se emitan los oficios de desembargo. Esto es, si acaso no se ha emitido Sentencia alguna.
Solo recuerde colega, que en estos procesos tanto actor como demandado, podían actuar por sí, solo con firma de abogado director; y si le otorgan el poder, debe de establecerse de acuerdo al Código de Procedimientos Civiles (derogado).
Sobre cuanto cobrar, como lo he sostenido, eso depende del juicio y del cliente; pues hay muchos criterios personales que valorar al momento de establecerlos.
Suerte
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."
ya averigue mas el caso quedo tirado cuando llego a estado de subasta. de ahi ya no se activo, asi q asumo la caducidad no puede ser, xq llego hasta la subasta.
el banco le presto a su empleada por 50, 000 dolarespara una casa, la empelada fue despedida y ya no pago la casa, x eso el juicio, pero quisiera preguntar cuanto cobrar cuando solo esta ya en subasta el caso?
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
como todo es a peticion de parte 1299 Pr.C derogado...... y solo aplica caducidad de 6 meses (pero si ya hay sentencia ya no caduca) y se ha llevado a Subasta, podra ser por muchas razones que ha quedado ahi... no esta banadonado ni tirado.... el acreedor -puede ser- esta esperando que llegue su deuda o mora al valor de peritaje para pedir adjudicacion en pago o darse por satisfecho en el remate.... ojo una salida la desercion..