Buen día colegas. Quisiera pedir su opinión en el siguiente caso:
Mi cliente en calidad de prestamo (respaldado con una letra de cambio) prestó la cantidad de $500 a una profesora que hasta la fecha no le ha hecho ningun tipo de abono y cuando mi cliente se acerca a cobrarle, esta lo ofende y le dice que no tiene para pagarle. Mi pregunta es... Que me reocmiendan uds hacer en este caso, ya que mi cliente no quiere perjudicarla judicialmente pero obviamente sí quiere le comience a cancelar lo adeudado. Es procedente citarla a una conciliación (juzgado de Paz, FGR o PGR) para que no se vea tan afectada?
Daniela bueno es procedente como ud dice ir a la Unidad de Mediacion de la PGR,, pero creo q la mayoria de este tipo de personas no llegan por que no es de caracter obligario, pero no esta de mas hacerle saber. Pero ni modo si no quiere cancelar lo adeudado es procedente entablar el respectivo juicio y embargar su salario ya que es profesora la deudora.