Puedo otorgar cuidado personal de un recien nacido para luego adoptar todo esto segun la ley de adopciones y lepina....u otras leyes...de ser posible alguien a tenido algun caso asi y como termino y en cado de hacerse algun colega lo haria y porque precio dejenme sus datos.
ZONA DE CONFORT...JUSTIFICACION PERFECTA PARA NO HACER, NO CRECER, NO ARRIESGARSE Y NO VIVIR....
KARLA DE RUBIO escribió: Puedo otorgar cuidado personal de un recien nacido para luego adoptar todo esto segun la ley de adopciones y lepina....u otras leyes...de ser posible alguien a tenido algun caso asi y como termino y en cado de hacerse algun colega lo haria y porque precio dejenme sus datos.
Colega puede otorgarlo pero se tiene que probar las graves circunstancias por la que se da el cuidado, por la edad, sino puede o no tiene estas circunstancias excepcionales no procede.
La alternativa y cumpliento con todos los requisitos propios de la adopción es la opción viable para q la inicie.