Colegas en un proceso ejecutivo, el banco reclama $15500, la deudora quiere conciliar, pero esta dispuesta a pagar doscientos dolares hasta completar toda la deuda. Que piensan amigos consideran que el banco acepte dicha propuesta.
Decirte colega Maria Elena, que en la práctica cuando un acreedor (llámese banco en este caso) reclama o exige "vía judicial" el pago (o cobro) de la obligación adquirida para el deudor, pues este (el banco) le va a exigir el pago total de lo adeudado en forma conjunta (capital + intereses corrientes + intereses moratorios y en algunos casos hasta costas procesales) en razón de haberse incumplido con lo pactado en el documento base de la pretensión (mutuo, pagaré, letra de cambio, etc.), incumplimiento que le da el derecho al acreedor a reclamar la obligación mercantil existente a su favor.
No obstante el CPCM da una una serie de alternativas para dar por finalizado anticipadamente el proceso ejecutivo entablado en contra del deudor, y una de ellas es el arreglo o negociación extrajudicial (lo q ud esta llamando "conciliación")
Ahora bien, con lo propuesto por su cliente creo (por mi experiencia en ello) el banco no acepte ese tipo de propuesta, en razón que prácticamente a el banco lo
q interesa es la recuperación total de la plata prestada.
Lo que yo le puedo recomendar colega es que solicite una condonación de intereses en el préstamo, ya sea corrientes o moratorios para poder llegar a un acuerdo (obvio dependiendo de la capacidad de pago de su cliente) o igual proponer lo que ud manifiesta, no obstante esto que estamos planteando no garantiza que así van a hacer las cosas, porque al final todo depende de las políticas internas adoptadas por cada financiera.-
Sin mas que agregar, espero haberte ayudado.-
Bendiciones!
Última Edición: 19 Dic 2017 12:26 por EP1010.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Maria Elena
Buenos días colega, y feliz año nuevo, que este año sea de mucha bendición en su vida personal y profesional, le agradezco grandemente por tener la amabilidad de regalarme de su tiempo, y compartir de su conocimiento y experiencia en el caso que nos ocupa.- Tiene razón cuando dice que depende de las políticas de cada institución financiera, si este acepta las propuestas en este caso del deudor, al final lo que busca el Banco es recuperar todo la deuda, mas intereses corrientes e intereses moratorios, y sin embargo, podría existir la posibilidad de que el Banco , oferte alguna propuesta para llegar a un arreglo, aunque lo veo difícil, porque al final mi cliente no tiene la suficiente capacidad económica de aportar otra cantidad mayor de lo que él ofrece, es decir los doscientos dolares, aunque se que esa cantidad sería risible para el Banco, de que los acepte, la verdad dudo mucho, pero hay que hacer el intento, tal vez llegamos a un arreglo.
Solo una consulta colega por su experiencia y cocimiento, considera que el Banco le pueda ofrecer un refinanciamiento a mi cliente para cancelar la deuda que exige, y que tan recomendable sería si mi cliente los acepta, esto si el Banco lo ofrece.
También colega al contestar la demanda, esto sería en sentido positivo verdad, por ser cierto los hechos.
muchas Gracias por sus deseos colega Maria Elena e igualmente deseo bendiciones y mucha prosperidad para este 2018!!
Tomándole la palabra colega, decirle que el banco "nunca" le va a ofertar una propuesta para el pago de la adeudado, ya que el interesado en arreglar la situación es el deudor, por lo tanto quien debe hacer las propuestas correspondientes o tener la iniciativa para el pago de la obligación adquirida es este , el banco como acreedor ya está haciendo lo suyo, es decir, ya agoto la instancia administrativa y ahora esta exigiendo el pago de la deuda vía judicial, tal como lo establece el CPCM, (con esto no estoy diciendo que No se podría llegar a un arreglo extrajudicial)
Ahora bien colega, ud menciona dos cosas muy importantes: habla de "poca capacidad económica" y habla de "refinanciamiento por el mismo banco", cosa que no procedería en razón que si el deudor hubiese tenido el minimo interes en arreglar la situación, lo hubiese hecho (refinanciamiento) desde el momento en que cayo en mora (es decir en la instancia administrativa), siempre teniendo en cuenta la capacidad de pago o nivel de endeudamiento del deudor (ojo no estoy diciendo que NO puede darse, solo estoy diciendo que es "bien difícil", recuerde que todo depende de las políticas internas de cada financiera), y si se le concede un "refinanciamiento" pues obviamente el banco (cualquier financiera) tendrá que hacer una análisis previo de la capacidad de pago o nivel de endeudamiento del deudor, las garantía que puede ofrecer, plazos y así sucesivamente.....sería "menos complicado" que otra financiera se hiciera cargo de la deuda que se tiene con el banco demandante..
En el proceso Ejecutivo Mercantil, se presentan "oposiciones" colega (en caso de que exista fundamento), de lo contrario solo se adhiere a lo manifestado por el demandado y se espera a que se llegue a la sentencia, luego viene el PROCESO DE EJECUCIÓN FORZOSA DE DICHA SENTENCIA!
Gracias colega, entonces habría que ver cuales son las políticas de este Banco, al final como usted lo ha dicho el Banco lo que busca es recuperar el capital, mas lo intereses, habría que esperar entonces que sucede, yo lo que pretendo al contestar la demanda, es pedir al juez que celebre audiencia, ya que mi cliente quiere honrar la deuda que tiene con el Banco, es decir ofrecer un plan de pago acorde a su capacidad, en ese sentido colega estaría contestando la demanda en sentido positivo, y alegando oposición de Solución o Pago efectivo, de acuerdo al artículo 464 numeral primero del CPCM, y solicitando audiencia para llegar a un arreglo conciliatorio con la parte demandante, con fundamento al artículo 467. Sería de esta forma colega, al momento de contestar la demanda, que opina, y disculpe el abuso de la confianza de mi parte colega, la verdad que es primera vez que asumo un caso donde el deudor reconoce la deuda y quiere pagar.
Maria Elena escribió: Gracias colega, entonces habría que ver cuales son las políticas de este Banco, al final como usted lo ha dicho el Banco lo que busca es recuperar el capital, mas lo intereses, habría que esperar entonces que sucede, yo lo que pretendo al contestar la demanda, es pedir al juez que celebre audiencia, ya que mi cliente quiere honrar la deuda que tiene con el Banco, es decir ofrecer un plan de pago acorde a su capacidad, en ese sentido colega estaría contestando la demanda en sentido positivo, y alegando oposición de Solución o Pago efectivo, de acuerdo al artículo 464 numeral primero del CPCM, y solicitando audiencia para llegar a un arreglo conciliatorio con la parte demandante, con fundamento al artículo 467. Sería de esta forma colega, al momento de contestar la demanda, que opina, y disculpe el abuso de la confianza de mi parte colega, la verdad que es primera vez que asumo un caso donde el deudor reconoce la deuda y quiere pagar.
Buen día.
Colega Maria Elena, si pretende se le conceda a su cliente un "plan de pago" por la obligación pendiente, para q va a solicitar una audiencia??? si pretende "conciliar" para que requiere audiencia?? sugiero que se vaya directamente al banco para que llegue a una negociación extrajudicial con un "posible plan de pago" (ya eso es decisión del banco), recuerde que el Juez no esta facultado para establecer un plan de pago, ya que el acuerdo va a ser entre el acreedor y su cliente, frente al juez el acreedor solo hará valer su derecho..!
En fin espero todo le salga bien, lo antes dicho solo es una humilde opinion!