URGENTE

21 Dic 2017 21:07 #1 por cadavila65
URGENTE Publicado por cadavila65
Aki podríamos estar frente a un caso de "COMPETENCIA DESLEAL" o "DESVIACION FRAUDULENTA DE CLIENTELA"...habría que analizar las circunstancias del caso...de ti depende hacer eso. La COMPETENCIA DESLEAL, como una infracción al ejercicio del comercio que la regula el Código de Comercio (Arts. 488 en adelante...lealos...), y la COMPETENCIA DESLEAL, como Delito regulada en el Código Penal Art.238. Yo que fuera usted fuera preparando una demanda por competencia desleal en base al Código de Comercio ante los tribunales de lo Civil y Mercantil, porque si intenta poner una denuncia ante la FGR por Competencia Desleal como delito, no creo que vaya a prosperar...¨Primero, porque los Fiscales le dan prioridad a otros delitos (Extorsión, Homicidio, Robos, Crimen Organizado, etc, etc....), y Segundo..porque si intenta un proceso penal, puede ser que el juez en Audiencia Inicial, o en la Preliminar dictamine que la conducta no trasciende al área penal por no lesionar gravemente el bien jurídico protegido que es EL PATRIMONIO, se declara incompetente y lo devuelve al Juzgado que tiene competencia. También está la otra opción, siempre vía penal que es por el delito de DESVIACION FRAUDULENTA DE CLIENTELA Art. 239. pero como se lo expliqué antes, el juez puede considerar que por no ser la lesión de gravedad trascendente de tal forma que se dañe al bien jurídico protegido, que en este caso es EL ORDEN SOCIOECONOMICO, se declare incompetente y lo devuelva al Juzgado de lo civil y mercnatil que tiene competencia...USTED DECIDE...

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22 Dic 2017 09:02 #2 por ServiciosLegales
Respuesta de ServiciosLegales sobre el tema URGENTE
Excelente aporte colega, muy completo su analicéis.-

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