Estimados colegas reciban disculpen la molestia, pero tengo una duda, sucede que en un lugar de trabajo tienen la duda en, Qué pasaría si un empleado fallece y no firmó planilla?,,,,,quien firmará en su nombre y representación?... ellos tienen un seguro colectivo de vida el cual ponen beneficiarios, pero hasta ahí,,,,luego de ello no hay nadie que esté facultado en caso de que esta persona fallezca o se encuentre detenido por cualquier circunstancia.... mi pregunta es que tipo de documento se puede realizar...en ese caso ya que el poder termina cn el fallecimiento del poderdante....ok colegas quedo a la espera de sus comentarios muy amables por su tiempo y atencion.-
Usted tiene una duda que surge de la duda de un patrono y yo tengo otra duda: un muerto para que quiere firmar planilla.
Es un caso muy dudoso, yo leeria el Codigo de Trabajo (en el caso de que su pregunta fuera quien puede reclamar el sueldo, pero es una suposicion mia que eso quiso preguntar, no se me quedo con la duda).
Muy amable por contestar...ok mi pregunta especifica es...qué documento debe de firmar un empleado en caso que él no alcance a firmar planilla. Ya que en su lugar de trabajo firman cada 19 y 20 de mes...ok qué pasa o quien firma la planilla por él y cobra el salario...en caso que este fallezca o estuviese detenido...qué documento debe de realizar el empleado para garantizarle a la Institución la legalización de la.planilla? Ojalá me comprendan la pregunta colegas
Si esta muerto en teoria (vea los requisitos en el CT) el contrato de trabajo establece quien es el "beneficiario" quien podra recibir el sueldo pendiente.
Y si no esta establecido pues se tendran que seguir diligencias de aceptacion de herencia.
Si esta detenido un poder bastara.
Sobre que doc. Firmara el que cobre: un acta notarial (dec. Jurada) seria lo mejor.
Es facil contestar una pregunta cuando se escribe adecuadamente.
Última Edición: 06 Feb 2018 21:00 por ABOGADONOTARIOES.
Gracias por su tiempo....pero la persona no está muerta es un supuesto nada más,,, en mi trabajo casi todos los que han fallecido han cobrado salario y firmado planilla un día antes,,,nunca se ha dado un caso en que fallezca sin haber hecho eso,,,de ahí surge la incógnita,, que documento debe de dejar el empleado en caso de que la muerte lo sorprende y no pudo firmar planilla ni cobrar salario....?,,ok colegas espero me puedan ayudar y comentar...gracias
Disculpe colega no creí que fuera un tema risible para usted...para mí no lo es y si escribo al.foro es porque por años me han ayudado de una manera pronta y sobre todo muy respetuosa..ahí hay colegas que saben mucho y siempre estan dispuestos a ayudar sin egoísmos. Por sus comentarios muchas gracias...adiós
EL CIELO ES EL LIMITE
El siguiente usuario dijo gracias: ServiciosLegales
Totalmente de acuerdo con usted colega Rubi Alexandra, aquí uno escribe para que le orienten, cuenten su experiencia, sugieran, den algún lineamiento, pero hay personas que en lugar de ello hacen todo lo contrario y muchas veces de forma sarcástica o burlándose de quienes por ser nuevos en el área, porque iniciamos nuestro camino en esta linda profesión carecemos de la experiencia que si brindan la mayoría en este foro.-
bendiciones