Buenos dias colegas,
El caso es el siguiente:
Se inicio proceso penal contra el imputado XXXX por el delito de falsedad material, uso y tenencia de documentos falsos. (hizo un poder falso para otorgar compraventa con pacto de retroventa, hizo el contrato mencionado y se inscribio a favor del comprador). Durante la tramitacion del proceso, el imputado fallecio (estaba en la etapa de instruccion). se convoca a audiencia especial, se declara la extincion de la accion penal por fallecimiento del procesado y en la resolucion solo se hace referencia a la accion civil, condenandose al imputado, una vez sus hijos acepten herencia, por la cantidad de $19,000. (hubo un valuo del inmueble). No obstante lo anterior y pese a haberse comprobado el ilicito, nada se menciona sobre decretar la falsedad y nulidad de los instrumentos, por lo que me encuentro en un dilema. Segun lo que yo conocia, una vez comprobado y configurado el delito, lo procedente es decretar la nulidad. en este caso no se hizo.
la pregunta es ¿debo seguir un proceso civil ordinario de nulidad de instrumento publico y de inscripcion (y de reinvindicacion pues en el CNR aparece inscrito el supuesto comprador? ¿contra quien debo proseguir la accion?
MUY BUENAS TARDES.
LE COMENTO QUE EN EL PROCESO PENAL CONTRA EL XXX IMPUTADO SERA O FUE PROCESADO POR EL DELITO DE FALSEDAD USO TENENCIA DE DOCUMENTO FALSO HASTA AHÍ. EN ESE PROCESO NO VAN A DECLARAR LA NULIDAD DEL INSTRUMENTO. DEBE SEGUIRSE POR LA VÍA CIVIL .
QUE SERIA UN PROCESO COMÚN DE NULIDAD DE INSCRIPCIÓN D ESCRITURA PUBLICA.
LE RECOMIENDO QUE SOLICITE LA CERTIFICACIÓN DE TODO EL PROCESO PENAL Y QUE INICIE LA ACCIÓN CIVIL