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Gracias colega por su excelente respuesta. He estado consultando jurisprudencia de tribunales del pais, y veo que estos casos se han seguido por la via del JUICIO EJECUTIVO CIVIL por haberse subrogado el demandante en los derechos del acreedor original y solo se ha presentado la sentencia donde se demuestra que un demandado pago como FIADOR la deuda de otro, por lo que se subroga en los derechos que tenia el demandante original. Esto me ha creado más confusioncadavila65 escribió: Bueno...Es una desgracia sinceramente esa prevención que el Juzgado dio, ya que en base al articulo 14 "PRINCIPIO DE DIRECCION Y ORDENACIÓN DEL PROCESO" , el Juez debe conducir los procesos por la via procesal ordenada por la Ley, NO OBSTANTE QUE LA PARTE INCURRA EN ERROR...!!! Por lo visto nuestro sistema sigue con esto Jueces MEDIOCRES...!!!! Como usted sabe, los procesos declarativos tienen por objeto reclamar al organo jurisdiccional la emisión de una declaración de voluntad. En este caso su pretensión consiste en el reconocimiento de la EXISTENCIA DE UNA OBLIGACIÓN, por lo que el proceso que promueve es uno DECLARATIVO COMUN DE EXISTENCIA DE OBLIGACIÓN...intente así...Pero como le mencione anteriormente, su caso es un ejemplo de mediocridad de nuestro sistema Judicial...
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LexLegal escribió:
Gracias colega por su excelente respuesta. He estado consultando jurisprudencia de tribunales del pais, y veo que estos casos se han seguido por la via del JUICIO EJECUTIVO CIVIL por haberse subrogado el demandante en los derechos del acreedor original y solo se ha presentado la sentencia donde se demuestra que un demandado pago como FIADOR la deuda de otro, por lo que se subroga en los derechos que tenia el demandante original. Esto me ha creado más confusioncadavila65 escribió: Bueno...Es una desgracia sinceramente esa prevención que el Juzgado dio, ya que en base al articulo 14 "PRINCIPIO DE DIRECCION Y ORDENACIÓN DEL PROCESO" , el Juez debe conducir los procesos por la via procesal ordenada por la Ley, NO OBSTANTE QUE LA PARTE INCURRA EN ERROR...!!! Por lo visto nuestro sistema sigue con esto Jueces MEDIOCRES...!!!! Como usted sabe, los procesos declarativos tienen por objeto reclamar al organo jurisdiccional la emisión de una declaración de voluntad. En este caso su pretensión consiste en el reconocimiento de la EXISTENCIA DE UNA OBLIGACIÓN, por lo que el proceso que promueve es uno DECLARATIVO COMUN DE EXISTENCIA DE OBLIGACIÓN...intente así...Pero como le mencione anteriormente, su caso es un ejemplo de mediocridad de nuestro sistema Judicial...
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