Buen dia colegas, voy a exponer un caso y espero me puedan ayudar!
El caso es que estoy llevando diligencias de divorcio por mutuo consentimiento en el Juzgado de Familia correspondiente (con uno de los cónyuges, es decir mi cliente, en el extranjero), me envia poder ante cónsul y en el cual mi cliente fue identificado por medio de su pasaporte en razón de carecer de DUI, presentó las diligencias, viene el juzgado y me previene que previo a la admisión debo presentar DUI y NIT de mi poderdante y me da un plazo de 15 días hábiles en virtud que mi cliente está fuer del país.
Me comunico con mi poderdante le manifiesto lo relativo a la prevención y le sugiero que se acerque a las instancias correspondientes en la USA para efectos de tramitar su DUI, y efectivamente así fue, el punto es que en el DUICENTRO le tomaron la solicitud y le manifestaron que regresara dentro de 4 semanas para efectos de entregarle su nuevo DUI.
No obstante lo anterior se deduce que al entregarle el DUI a mi poderdante el plazo otorgado por el Juez de familia ya estara vencido, en ese sentido le dije a mi poderdante que solicitará una certificación de DUI para presentársela al juez, pero en el DUICENTRO EN LA USA le dijeron que esa certificación procede solo cuando se trate de la emisión de pasaporte y para "causas humanitarias" por lo que me han dejado en el aire para cumplir con la prevención que se me ha hecho.
En este sentido me he expresado para efectos de escuchar sugerencias de como poder subsanar esta situación, ya que solo he pensado en presentar petición al Juez de familia para que este ordene al RNPN la emision de una certificación del DUI de mi cliente, uds que opinan colegas???? (omitiendo las vagas prevenciones del Juez de Familia)
Difícil que te prorroguen el plazo porque en materia de familia recuerda que aplica el principio de preclusión procesal.
Creo que tocara volver a presentar subsanado... suerte
tuve una situacion similar, lo qie hice fue pedirle al juez la suspencion de la diligencia por 45 dias, explicando tal situacion y me resolvieron favorable, todo en aras de evitar que sea declarado inadmisible, basandome en art. del CPCM
gracias por tu comentario colega kev3717, en efecto existe en materia de familia el principio de preclusión procesal, no obstante considero que en mi caso no aplica en virtud que el plazo concedido no ha finalizado (todavía estoy en tiempo), en ese sentido el acto procesal no se ha extinguido, pero agradezco tu tiempo y respeto tu posición!
walterfig escribió: tuve una situacion similar, lo qie hice fue pedirle al juez la suspencion de la diligencia por 45 dias, explicando tal situacion y me resolvieron favorable, todo en aras de evitar que sea declarado inadmisible, basandome en art. del CPCM
Me parece una opción bastante viable colega walerfig, creo no tener muchas opciones pero voy a agotar todas las instancias para efectos que no se declare inadmisible las diligencias, gracias por tu tiempo y bendiciones...
Es correcto lo recomendado por el colega adjunte a su escrito la constancia de solicitud y recibo de pago de DUI y manifiesta la situacion que lo agregaras cuando la entidad encargada lo proporcione en caso de tener dui alguno solicitar que se pida al rnpn si fuera el caso, el juzgado lo puede pedir al rnpn por oficio y con el nit se puede sacar con poder de cualquier persona
josechacon escribió: Es correcto lo recomendado por el colega adjunte a su escrito la constancia de solicitud y recibo de pago de DUI y manifiesta la situacion que lo agregaras cuando la entidad encargada lo proporcione en caso de tener dui alguno solicitar que se pida al rnpn si fuera el caso, el juzgado lo puede pedir al rnpn por oficio y con el nit se puede sacar con poder de cualquier persona
Muy acertada sugerencia colega josechacon, gracias por su tiempo.-
presente un escrito manifestando al juez lo que ud nos a expresado, y pida un plazo prudencial de dos meses a fin de evacuar dicha prevención, los dos meses es por algun retrazo involuntario que pudiera tener su cliente para solicitar dicho documento. Lo mas seguro es que le van a conceder el plazo.
despachojuridicoad escribió: presente un escrito manifestando al juez lo que ud nos a expresado, y pida un plazo prudencial de dos meses a fin de evacuar dicha prevención, los dos meses es por algun retrazo involuntario que pudiera tener su cliente para solicitar dicho documento. Lo mas seguro es que le van a conceder el plazo.
Eso pretendo colega despachojuridicoad, estoy esperando resolucion del Juez, gracias por su tiempo!!