Si el esposo ( viudo) puede repudiar el derecho hereditario que por representación le corresponden de su esposa de los bienes del padre de ella, de antemano muchas gracias por su aportes
Respuesta de jorge rodriguez sobre el tema PREGUNTA
hola, si lo puede hacer , en el momento que se le notifique respecto que si acepta o repudia dicho derecho, lo puede hacer mediante su apoderado judicial o mediante acta de declaración jurada ante notario en las diligencias de aceptación de herencia de la causante