Bue día colega: aportando a su presunta le manifiesto que, en mi caso particular cuando he elaborado declaraciones juradas, siempre he advertido la disposición del Código Penal.
Póngale (deje constancia en el texto) que le leyó lo relacionado alas consecuencias de emitir falso testimonio, que le leyó las disposiciones del código penal y las del código procesal civil y mercantil al respecto.
305 Penal
362 y 364 Código civil y mercantil.
CONSEJO A PARTE: Léale los artículos con una sonrisa a su cliente, no se le vaya a espantar, porque son disposiciones serias, pero vale la pena que su cliente sepa que lo que está declarando tiene un peso y valor probatorio importante, y usted como notario, es un funcionario serio que le explica los alcances y consecuencias de la declaración jurada. Además debe cubrirse las espaldas, si fuera posible ponga al menos un testigo instrumental, amen de tanto cliente pícaro que después lo anda acusando a uno en la sección de investigación profesional, y uno queriendo ser un profesional recto sin tacha.
Las almas más nobles comparten su conocimiento. Ser de luz para otros.