BUENOS DIAS O BUENAS NOCHES. SOLO UNA CONSULTA. SE PUEDE ESTABLECER EN UN PODER GENERAL ADMINISTRATIVO CON CLAUSULA ESPECIAL, UNA CLAUSULA PARA PODER DONAR UN INMUEBLE EN EL SALVADOR. DICHO PODER VENDRIA DE LOS ANGELES CALIFORNIA. Y POR ULTIMO SI EL PODER ES EMITIDO POR EL CONSULADO DE EL SALVADOR EN LOS ANGELES, ES O NO NECESARIO AUTENTICARLO O APOSTILLARLO. MUCHAS GRACIAS....
Buenas tardes. Para la donación puede ser un Poder Especial o un Poder General Administrativo con Cláusula Especial. El Poder debe ser autenticado si se autoriza en el Consulado de Él Salvador en Los Ángeles, California, EE.UU.
ABOGADO Y NOTARIO Autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.
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lo ideal seria un poder general administrativo con clausula especial en la clausula especial describir totalmente el inmueble
si es notario salvadoreño no es necesario autentificar pero si es el cónsul tiene que autenticar la firma de el en relaciones exteriores de El Salvador
Otorga al apoderado facultades expresas para donar, a título gratuito, el inmueble propiedad del poderdante ubicado en [descripción exacta del inmueble: dirección, departamento, número de matrícula, etc.], pudiendo realizar todos los actos necesarios para la formalización de la donación, incluyendo la suscripción de la escritura pública correspondiente, su presentación e inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de El Salvador.