prescripcion

19 Jun 2015 16:43 #1 por LEARN
prescripcion Publicado por LEARN
Saludos a todos !!!

Sera que alguien me puede ayudar a ubicar la legislacion de prescripcion para un contrato de franquicia , y bajo que articulos puedo ubicar este contrato en nuestras leyes Salvadorenas .


Gracias!!!

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17 Jul 2015 15:12 #2 por joe
Respuesta de joe sobre el tema prescripcion
PRESCRIPCION Y CADUCIDAD

Art. 995.- Los plazos de la prescripción mercantil son los siguientes:

I.- Prescribirán a los seis meses las acciones de rectificación de los saldos de las cuentas corrientes.

II.- Prescribirán en un año las siguientes acciones: la nulidad de los acuerdos de las asambleas sociales o de la celebración de los mismos; la de enriquecimiento indebido con motivo del giro de títulosvalores; las derivadas del cheque; las de regreso de la letra de cambio; las de reclamación por vicios de la cosa vendida; las concernientes al contrato de transporte; y las de reclamación de responsabilidad a los administradores, auditores e interventores de sociedades.

III.-Prescribirán en dos años, salvo las excepciones señaladas en los ordinales anteriores, las acciones derivadas de los siguientes contratos: de sociedad, de compraventa, de suministro, de depósito, de comisión, estimatorio, de crédito bancario, de edición, de hospedaje, de participación, de garantía y demás que no tuvieren plazos distintos previstos en este Código o en leyes especiales.

IV.- Prescribirán en cinco años, los otros derechos mercantiles.

Art. 996.- Cuando un derecho deba ejercerse o un requisito deba llenarse dentro de un plazo determinado bajo pena de caducidad, no se aplicarán las normas sobre interrupción y suspensión de la prescripción, contenidas en el Código Civil.

La fuerza mayor suspenderá los plazos de caducidad, pero continuarán corriendo tan pronto como cese aquélla.

Art. 997.- Puede rescindirse el pacto que establezca un plazo de caducidad que, a juicio prudencial del Juez, haga excesivamente difícil para una de las partes el ejercicio del derecho.

Art. 998.- Las partes no podrán modificar el régimen legal de la caducidad; tampoco podrán renunciar a ella si hubiere sido establecida por la ley.

Joe
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17 Jul 2015 17:03 #3 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema prescripcion
Buenas tardes, respecto a tú pregunta: bajo que leyes salvadoreñas podemos ubicar al contrato de franquicia?, bueno por ser estos contratos innominados, es decir que carecen regulación se rigen bajo la normativa jurídica que regula los derechos y obligaciones de los Contratos en general, por ende las limitantes de los Contratos Innominados son las mismas establecidas por la Ley para los Contratos Nominados.
aunque no se encuentren regulados expresamente en las Leyes Mercantiles, surten efecto en nuestro país a raíz de los Tratados Internacionales.

RIVAS
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