AMIGOS COLEGAS! ME HA LLEGADO UN CASO EXCEPCIONAL PARA LOS AMANTES DE LOS RETOS LA COSA ESTA ASI:
1. DOS ESPOSOS DUEÑOS DE UNA PROPIEDAD EN 50% CADA UNO
2. ELLA FALLECE Y SE DILIGENCIA ACEPTACION A FAVOR DEL ESPOSO.... LA CUAL SE INSCRIBE EN REGISTRO DE LA PROPIEDAD.
3. FALLECE EL ESPOSO Y ACEPTAN LA HERENCIA SUS HIJAS,
PERO EN DICHAS DILIGENCIAS SE COMETE EL ERROR DE INCLUIR COMO CAUSANTE A LA PRIMER FALLECIDA, LA ESPOSA, HABIENDOSE CONSOLIDADO YA EL 100% DE LA PROPIEDAD A FAVOR DEL ESPOSO EN VIDA. EL JUZGADO NO SE PERCATA DEL ERROR AL RELACIONAR A AMBOS ESPOSOS. EXTIENDE LA CERTIFICACION DE LA DECLARATORIA. Y EN ELLA NO SE ACLARA EN QUE CALIDAD ACEPTAN LA HERENCIA.
AL MOMENTO DE PRESENTAR EN REGISTRO LA DECLARATORIA EN EL CNR, LA OBSERVAN POR CONFUSION DE CAUSANTES PORQUE YA ESTABA UNA DECLARATORIA INSCRITA A FAVOR DEL ESPOSO DE LOS BIENES DE LA ESPOSA.
QUE HACER?
ALGUIEN HA HECHO ALGUNAS SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ESTE TIPO?
CUAL ES LA BASE LEGAL PARA ESTE CASO? PUESTO QUE TODAS LAS DILIGENCIAS QUE SE REALIZARON FUERON CON AMBOS CAUSANTES...
colega, según como planteas el caso, está un tanto confuso, porque según te entiendo, ya se había aceptado herencia por parte del esposo sobre el 50% de propiedad, consolidándose a favor de él, el 100% de propiedad, por ende tuvo que inscribirse una declaratoria de heredero definitiva en el CNR teniendo como causante a la esposa. Ahora bien, si se siguieron posteriormente por las hijas diligencias de aceptación de herencia, la corte debió informar que ya existían diligencias de aceptación de herencia a nombre de esa causante y la hijas debieron seguir las diligencias solamente por la sucesión que a su deceso dejó su padre.
Hola colega yo te aconsejaría que preguntaras en el juzgado al secretario o al resolutor que te de alguna posibilidad, porque a veces estos empleados se portan bien y ellos mismos te dicen que hacer, inténtelo colega con preguntar no pierde nada, yo tuve un caso bien difícil y ellos mismos me dijeron que hacer y mire ya lo solucione. Bendiciones y éxitos.
Yo no le veo ningún problema, porque la herencia que fue declarada era a favor del esposo, ahora se acepta por las hijas herencia de ambos padres, recordemos que no se aceptan solo bienes, sino también derechos y obligaciones, el regostrador debe limitarse a inscribir la propiedad no importando que este a nombre solo de uno de los padres, por cuanto las hijas legitiman con la declaratoria de ambos su derecho, no existe tal error....
para mi debe acudir al tribunal y hablar sobre el caso con el secretario, muéstrele la observación de cnr. y que ellos pues corrijan la resolución en el sentido de que sus clientas (hijas) aceptaron herencia en relación al padre delas mismas, como causante, (quien por aceptación de herencia precedente, ya era dueño del 100% del derecho de propiedad)
si ese es el problema que el resolutor obvio ese informe y no previno la Solicitud de las Diligencias... pues en la Certificacion aparecen ambos Causantes como si fuesen uno solo... aceptando las hijas bienes de ambos? muy raro?
el registrador aduce de confusion en quien es el Causante! porque la declaratoria se hizo de los bines de ambos,,,,, no deberia haber sido por separado DILIGENCIAS SEPARADAS!??
LO QUE PROCEDE EN ESTOS CASOS ES: LA OBSERVACION SE LLEVA AL JUZGADO DONDE SE SIGUEN LAS DILIGENCIAS, ATRAVES DE UN ESCRITO, DICHO JUZGADO EMITIRA UNA ACLARATORIA DIRIGIDA AL CNR, SE PAGA 8.86 DE DERECHO Y SE PRESENTA AL CNR COMO ANEXO A LA ANTERIOR DECLARATORIA, DICHO ANEXO SE INSCRIBE Y LISTO SUBSANADO EL PROBLE....... ESPERO LE SIRVA COLEGA