Buenos días amigos y amigas de este foro, en primer lugar felicitar a la persona que creo este foro, que para mi que tengo poco de iniciar a litigar, me ha ayudado mucho por los casos que se plantean aquí y de los colegas que ayudan a despejar dudas, así que hoy vengo a ustedes, a que me ayuden a dar consejos en el siguiente caso que les expondré , son tres hermanas que viven en la misma casa, la casa es de la madre de ellas, pero un día discutieron y se agarraron a golpes por problemas económicos, ya que la madres les ayuda a las tres, pero una de ellas que tiene más contacto con la madre, le informa de todo que es lo que pasa en el hogar y que hace cada una de sus hermanas, hasta el punto de grabar con su celular las cosas que hacen sus hermanas, hasta el punto que por un foco que le quebraron en su cuarto a la denunciante, fue lo que provoco que ese día se agarraran a golpes, yo represento a una de las hermanas denunciadas, pero antes de ir a la audiencia que es el dìa de mañana, yo he tenido la oportunidad de hablar con la denunciante, para llegar a un arreglo conciliatorio, y ella me ha manifestado que no hay ningún problema que quiere conciliar, pero que quiere aun así que permanezca las medidas que le fueron impuesta a su favor, porque su hermana en el día del pleito, ella la amenazo y debido a eso, ella se fue de la casa para otro lugar, le hice saber eso a mi cliente y me dice que todo lo que dice ella no es cierto que la ofendida es ella, pero con el fin de terminar el proceso, ella estaría dispuesta a respetar esas medidas, pero que esas medidas sean reciprocas para ambas. De lo antes expuesto amigos en la audiencia se puede llegar aun acuerdo por ambas partes, y que el juez imponga medidas de protección de también para la parte demanda, se podrá hacer eso…. Estuve leyendo la ley de violencia intrafamiliar, y mafiesta que en la audiencia preliminar es para saber si la denunciada/o se allanara a los hechos denunciados en su contra, caso contrario si no los acepta deberá presentar pruebas en la siguiente etapa de audiencia de Sentencia para desvirtuar la acusación…. Que piensan de este caso colegas.
La ley contra la Violencia Intrafamiliar no habla de conciliación y muchos jueces así lo toman, en la audiencia preliminar según si la persona denunciada se allana o no a los hechos, así se tendrán por establecidos o no, y si tienen prueba entonces se van a audiencia de vista pública en donde se presenta la prueba y allí resuelve el juez si la tiene por establecida o no. Otra cuestión es que muchos jueces lo hacen y otros no, de tener por establecidas reciprocamente la violencia intrafamiliar pues hay criterios variados de interpretación y aplicación de la ley al respecto. Pero lo más sano es que le dejen medidas a la parte denunciada para que se eviten problemas posteriores.
La audiencia de mañana es solo para que la denunciante (victima) ratifique su denuncia y que el agresor que es el denunciado acepte los hechos y exprese que dejara de cometer las agresiones contra la victima.
Si la victima no acepta los hechos pasa a publica y es ahi donde se intentara probar la violencia contra la victima en base a prueba que puede ser testimoial, y si el agresor presenta testigos para desvirtuar la versión o para probar violencia cruzada tambien se realiza en base a prueba que tambien puede ser testimonial.
y el juez determinara si las medidas continuan o las prorroga y si las establece medidas para ambas partes
si la victima pedi regresar a su casa es en la audiencia preliminar donde debe solicitarlo y tambien el juez determinara medidas
Muchas gracias colegas, por su tomar su tiempo y comentar, pero hoy resulta que han cambiado las cosas, porque según me dice mi cliente que su hermana quien interpuso la demanda, no va a llegar mañana, segùn ella dice que porque tiene un compromiso, ahora de ser cierto que la parte demandante no llegue a la audiencia, y según lo que reza el art. 44 de la ley de viiolencia intrafamiliar en relación con el articulo 111 de la ley procesal de familia, si no comparece la victima o la parte demandante, sin justa causa, las cosas volveran como se encontraban antes de interponer la demanda, y quedaran sin efecto las medidas cautelares si estas fueran impuestas al momento de interponer la demanda. puedo pedir eso colegas en la audiencia citando los artículos anteriores.