hola buenas tardes colegas.- Necesito saber cual es la normativa vigente que prohíbe el dejar la caída de aguas lluvias al terreno colindante.- De ante mano les agradezco por su ayuda.
En este momento solo recuerdo el Artículo 880 del Código Civil: " No hay servidumbre legal de aguas lluvias.
Los techos de todo edificio deben verter sus aguas lluvias sobre el predio a que pertenecen, o sobre la calle o camino público o vecinal, y no sobre otro predio, sino con voluntad de su dueño".
Espero que le pueda servir dicha norma legal.