Debería la Fiscalía General de la República, dar información sobre x proceso penal, ya sea que se este judicializado o archivado, a todo abogado de la república independientemente sea este parte del proceso o no, con fines de investigación, que tenga alguna relación sobre otro proceso penal, digo esto porque yo me apersone a una subregional de la F.G.R. donde la fiscal del caso que investigo no me quiso dar información sobre si el X caso se había judicializado o lo archivaron y porque razón, me dijo que debía tener poder ya sea judicial o administrativa de las partes que intervienen en el proceso para tener acceso a dicha información, pero pregunto yo que al caso esa no es la función del abogado investigar la verdad de los hechos, incorporar nuevos elementos de prueba, y tener derecho a información sobre x proceso, independientemente sea parte o no del proceso, pero que de alguna forma este proceso tenga alguna relación sobre otro proceso penal que se este ventilando.
Se estaría entonces obstaculizando que el abogado tenga derecho a intervenir en las investigaciones, y quebrantando aquel principio de una pronta y cumplida justicia según lo reza nuestra constitución.
nixxon escribió: Debería la Fiscalía General de la República, dar información sobre x proceso penal, ya sea que se este judicializado o archivado, a todo abogado de la república independientemente sea este parte del proceso o no, con fines de investigación, que tenga alguna relación sobre otro proceso penal, digo esto porque yo me apersone a una subregional de la F.G.R. donde la fiscal del caso que investigo no me quiso dar información sobre si el X caso se había judicializado o lo archivaron y porque razón, me dijo que debía tener poder ya sea judicial o administrativa de las partes que intervienen en el proceso para tener acceso a dicha información, pero pregunto yo que al caso esa no es la función del abogado investigar la verdad de los hechos, incorporar nuevos elementos de prueba, y tener derecho a información sobre x proceso, independientemente sea parte o no del proceso, pero que de alguna forma este proceso tenga alguna relación sobre otro proceso penal que se este ventilando.
Se estaría entonces obstaculizando que el abogado tenga derecho a intervenir en las investigaciones, y quebrantando aquel principio de una pronta y cumplida justicia según lo reza nuestra constitución.
No.
Para mi ha sido correcto que le nieguen la informacion, ya que si usted tiene algu interes en el caso debe de tener poder de alguna de las partes. Imaginese hay testigos protegidos o x situacion delicada y resulta que el que llega a preguntar aunque sea abogado lo que hace es pasar informacion para atentar contra testigos (solo el año pasado hubieron como 5 casos cubiertos por los periodicos).
Por cierto la base legal para que le denieguen informacion la encontrara en el CPCYM y en la ley o reglamento de la FGR (donde habla acerca del acceso al expediente).
Entonces me preguntaran hay que mostrarse parte y aceptar un caso sin saber de que se trata?
No. Siempre hay que intentar pedir informacion (por ejemplo en los de lo civil y mercantil de SS uno solo pregunta y ya le prestan el expediente, en cambio en los especializados si uno no muestra el poder no le enseñan nada ni le dicen nada) y si nos la dan bueno y si no ya sabemos que estan dentro de lo legal. Algo que podemos hacer es sacar el poder al cliente y llevarlo para enseñarlo pero eso si sin mostrarnos parte (si es posible).
Esta es una pràctica muy comùn en la FGR, con la excusa de una posible reserva de algùn proceso, niegan la informaciòn a toda persona incluyendo a los interesados, aunque estos lleguen con sus apoderados. Es una pràctica tan comùn que pocos se han atrevido (incluyo a mi oficina) a solicitar los amparos respectivos.
FGR no posee una visìon De derecho, poseen una postura ortodoxa Fiscal, guardando sigilo a los intresados de su misma situaciòn legal. Inclusive, si usted solicita la informaciòn por escrito, aunque la persona posea expedientes abiertos, algunas veces razonan que no existe ninguna causa abierta. Cuando dan esta respuesta por escrito, omitiendo la informaciòn, supuestamente lo hacen bajo un criterio mal interpretado de una resoluciòn de una Càmara de lo penal; por lo tanto al dar esta respuesta no comprenden que se violentan derechos constitucionales de respuesta, defensa, debido proceso, contradicciòn, ademàs de que dichos informes son falsos ideologicamente hablando.