familia

01 Abr 2016 11:03 #1 por yanecita
familia Publicado por yanecita
a una menor la reconocio el padre, pero se fue del pais, la madre necesitaba sacar a la menor del pais, y lo que hizo fue sacar otra partida de nacimiento, ahora la menor tiene dos partidas de nacimiento, pero la menor no tiene el apellido del padre, y ya tiene doce años y la menor quiere el apellido del padre con el nombre que le puso su madre (asi la reconocen todos) que hay que hacer... alguien puede ayudarme....el señor no quire perjudicar a la señora...

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

01 Abr 2016 11:26 #2 por NuevoAprendiz
Respuesta de NuevoAprendiz sobre el tema familia
Seguí la Filiación Ineficaz artículo 138 Código de Familia.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

01 Abr 2016 11:30 #3 por yanecita
Respuesta de yanecita sobre el tema familia
gracias... ya lo leere

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

01 Abr 2016 11:30 #4 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema familia

yanecita escribió: a una menor la reconocio el padre, pero se fue del pais, la madre necesitaba sacar a la menor del pais, y lo que hizo fue sacar otra partida de nacimiento, ahora la menor tiene dos partidas de nacimiento, pero la menor no tiene el apellido del padre, y ya tiene doce años y la menor quiere el apellido del padre con el nombre que le puso su madre (asi la reconocen todos) que hay que hacer... alguien puede ayudarme....el señor no quire perjudicar a la señora...



Veamos¡¡¡¡

En principio debe tramitarse la nulidad del segundo asiento en un Juzgado de Familia. Si el nombre con el cual es conocido la niña es el de la segunda partida de nacimiento, tiene un serio problema; porque algunos jueces son del criterio que para no afectar la identidad de las personas declaran nula la primera partida de nacimiento, para dejar vigente el nombre y solo proceden a ordenar la rectificación de los datos que corresponda. Haaaaa¡¡¡ y eso lo hacen cuando se trata de jóvenes que obtendrán su DUI; pero en niños NUNCA he visto que dejen vigente el segundo asiento solo para "salvar" el nombre.

Pero en estricto derecho debe declararse nulo el segundo asiento.

Con el apellido del padre; pueden hacerse dos cosas:
1.- Que el padre biològico otorgue escritura de reconocimiento de hija; y que el testimonio de dicho reconocimiento se anexe a las diligencias; para que una vez declarada la nulidad del asiento; y por economìa procesal, se ordene ademàs que se consigne que el señor xxx, es el padre biològico de la niña.
2.- Esperar que se declare la nulidad del asiento de partida de nacimiento. Y presentar el testimonio al Registro del Estado Familia, para que se asiente una nueva partida en la cual se consigne que el nombre del señor xxx, como padre de la niña.

Suerte...

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.160 segundos
Gracias a Foro Kunena