¿Qué sugieren hacer en el caso de un titulo supletorio que está a nombre de 3 hermanos (en proindivisión), pero uno de los 3 ya falleció y los posibles herederos de este no han arreglado, y uno de los otros dos quiere arreglar su porcentaje?
Si tiene conocimiento de una experiencia similar o ideas de que poder hacer.
Muchisimas gracias.
Muchas gracias. Me refiero a que no les interesa Aceptar herencia del porcentaje que les correspondería. Por lo tanto, que podría hacer la persona que quiere soucionar su porcentaje?
Procede partición a pesar que ya exista un fallecido?
Se me ocurre que les ofrezca $$ por comprar el derecho a quienes no tienen interés en aceptar la Herencia, luego iniciar Diligencias de A de H. en calidad de Cesionario, una ves declarado heredero, e inscrito éste, el porcentaje de su cliente será mayor.
Posteriormente debe iniciar las Diligencias de Partición Judicial. (en virtud de que el otro comunero no quiere salir de la proindivisión)
Se me escapaba, que si no le quieren vender el derecho los presuntos herederos, sea a estos a quienes demande también en la Partición, o solicitar se nombre curador de la Herencia.