Quiesiera consultar si una persona puede alquilar una casa que no está anombre de ella. Es el caso que la hija de la "dueña" (la señora es la titular del crédito con el FSV) de la casa es quien quiere alquilarla.
La dueña de la casa puede otorgarle un poder a la señora, en el cual la autoriza para que realice todos los tràmites que considere necesarios delegarle la dueña, entre ellos el alquilar la vivienda.
Para otorgar un contrato de arrendamiento no es necesario ser el propietario, basta con poseer la vivienda y tener control sobre ella; ya que la sala de lo civil ha dicho que en los Juicios de Inquilinato no se discute la propiedad de un inmueble; si no el cumplimiento de una obligación plasmada en un documento que representa prueba fehaciente como lo es el contrato de arrendamiento; asi que no hay problema no necesita poder
El siguiente usuario dijo gracias: LLGA, ABOGADONOTARIOES