Reza un dicho "LO QUE ABUNDA NO DAÑA", pero tiene que recordar que el subsidiario de nacimiento además de la prueba documental se prueba con dos testigos, de los cuales al final únicamente puede usar uno si hace un buen interrogatorio.
La documentación se agrega desde el inicio de la solicitud, ya que de lo contrario le previenen para que la presente, y si puede, también puede agregar los plantares de la persona cuando nació. Pero no olvide que tiene que presentar a los testigos que dan fe del nacimiento del entonces bebé, de preferencia que sean familia mayor de 12 años que el no inscrito.