Pues para mi solo queda hacer una identidad, pero ojo no es con relacion a la defuncion sino de la partida de nacimiento, es decir el nombre que aparece en la defuncion del señor, deberas relacionarlo en la escritura de identidad postuma, a efecto que cuando presentes toda la documentacion y diligenciar la aceptacion de herencia no tengas problema alguno, con relacion a si el hijo tiene los apellidos al revés, no habría inconveniente salvo que el nombre del padre hubiese sido consignado diferente a como se llamaba el señor, y si por alguna razon no es igual, entonces relacionalo tambien en la identidad postuma y asunto arreglado.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.