Muy buenos días Colegas
Revisando las nuevas reformas a la Ley del Impuesto Sobre La Renta, observo que en el Art. 77 se impone que el pago mínimo del impuesto sobre la renta se liquidará sobre el monto de la RENTA OBTENIDA O BRUTA, con la alícuota del 1%.
Una vez más una reforma tributaría que en nada ha sido analizada por aquellos burócratas que pretenden llevársela de grandes "eruditos" y una vez más meten sus patas... pues bien mi crítica la baso sobre el siguiente ejemplo:
Supongamos que una empresa vendió (venta bruta) $ 12,000,000.00 de dólares, si aplicamos el 1%, a esta empresa corresponde pagar en base a la reforma $ 120,000.00, cabe aclarar que dicho porcentaje no ha considerado los costes (gastos operativos y costo de venta), entonces que pasa si esta empresa realizando un calculo normal (aplicando el 30%) le da como resultado de pago del impuesto sobre la renta $50,000.00, ahora bien el articulo 80 establece que el sujeto pasivo declarara como pago mínimo el de mayor cantidad, es decir en el caso de esta empresa $ 120,000.00... y al leer los considerando de dichas reformas, sostienen que son para pagar el gasto publico (Sueldos de los empleados públicos, bonos, gratificaciones, etc.)
En consecuencias hoy muchas empresas trabajaran para mantener los lujos de los empleados públicos, mientras los trabajadores privados verán sus expectativas salariales siempre bajas, porque dentro de cualquier corporación, el gasto operativo más caro siempre son los sueldos.
Existen reformas que se hacen sin ver y analizar sus consecuencias reales...
Me gustaría saber si alguien de Ustedes sabe si existirá alguna reforma... o si el tema se esta tratando con nuestros altos funcionarios.
Saludos.
NOTA: Aclaro yo no soy para nada de derecha, pero no concibo estas salvajeces, vengan de quien vengan.
No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto