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NVramirez escribió: Si ni ordeno realizar la prueba de ADN, siendo la Audiencia de Sentencia, donde "desfila" la prueba, lo probable es que la Jueza, resuelva solo con prueba documental y testimonial...
Y solo si lo considera necesario por alguna deficiencia en la prueba y a efecto de mejor proveer, se suspende la audiencia de sentencia (despuès de recibir la prueba testimonial), para que se realice el examen de ADN, e incorporar sus resultados para la continuaciòn de la audiencia, los alegatos y ya...
Suerte...
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