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emyc0227 escribió: Buenas tardes colegas, perdonen mi ignorancia, pero tengo una duda
En una sustitución de un Poder General Judicial con Clausulas Especiales, (entre otras facultades establece la de Realizar Diligencia de Aceptación de Herencia) Sera que se puede sustituir estableciendo en el acta de sustitución de dicho poder que se sustituye únicamente para el Tramite de la Aceptación de Herencia???????
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sagitario escribió: no, ya no se puede hacer sustitución parcial, o lo sustituye o lo delega en base a lo establecido en el art. 72 CPCM, léalo.
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