el orden para suceder son como gradas, por asi decirlo.
cónyuges, hijos, padres demás parientes
en caso de no estar cónyuges, le nace el derecho a los hijos, de no estar estos a los demás llamados a suceder.
en el escrito a presentar únicamente mencione que la madre como presunta heredera es de paradero desconocido, y relacione el articulo 995 al 998 del C.C
imagino que el juez ordenara la realización de edictos para ver si algún otro presunto heredero se presenta, de caso contrario se seguirían diligencias de aceptación de herencia abintestato
Conoce las runas y aprende los signos, los caracteres de mucha fuerza, los caracteres de mucho poder, que tiñó el tulr supremo. y los altos poderes hicieron y el señor de los dioses (Odín) grabó. Y si alguna vez caen en tus manos,¡Agárralas, sostenlas, úsalas Mientras escuchas sus canticos