Hola buenos días, en primer lugar hay que tener claro que la menor debe estar embarazada y segundo lo que ostenta el articulo 18 del Código de Familia y más hay que estar muy atentos en la parte donde dice, que deberán obtener el asentimiento expreso de los padres bajo cuya autoridad parental se encontrare. Ojo con lo que sigue Si faltare uno de ellos bastará el asentimiento del otro.
Hay que tener bien claro que significa el asentimiento: y de acuerdo al diccionario jurídico Manuel Ossorio significa: Aceptar. Consentimiento. Asenso. porque retomo esto, es porque he escuchado que asentimiento y consentimiento son dos cosas totalmente diferentes, pero al consultar el diccionario antes mencionado, me doy cuenta que estamos en presencia de dos palabras sinónimas que al final su significado es el mismo resultado: quiere decir que el Asentimiento de los padres, es que estén de acuerdo, aceptando, autorizando y que no se oponen que se lleve acabo el matrimonio de su hija menor de edad en este caso.
Ahora con respecto al asentimiento expreso de los padres hay que tener mucho cuidado al interpretar lo que la ley dicta, cuando dice que "Si faltare uno de ellos bastará el asentimiento del otro". a mi juicio yo lo interpreto de esta manera, que si a falta de uno de los padres; es porque se esta refiriendo que uno de ellos falleció, en este caso hay que comprobar su ausencia por medio de la partida de defunción, en este caso si aplica lo que manifiesta el articulo 18 del Cd. Fm. la parte donde dice "Si faltare uno de ellos bastará el asentimiento del otro", entonces si bastara el asentimiento del padre sobreviviente, para autorizar el matrimonio de su menor hija; pero en ningún momento habla de que su ausencia sea por paradero desconocido.
Ahora en tu caso cuando dices que el padre se encuentra en la USA, este debe mandar un poder especial autorizando el matrimonio de su hija.
P.D. Si fuera el caso que uno de los padres estén ausentes para el asentimiento expreso y realizar dicha celebración de un matrimonio de una menor, entonces hay que seguir en este caso otro tipo de tramite que se llama: Diligencias del Padre o Madre que debe dar su consentimiento para el matrimonio de un menor, esto se realiza en la Procuradoría General de la República.
Art. 9 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras...
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."