- Mensajes: 205
- Gracias recibidas: 66

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
Carlos Blanco escribió: Hola colega,
lo más lógico es Pues antes que nada deberá de solicitar los oficios para elaboración de sellos para ir a avanzando, ya que si no tiene sellos como extenderá los testimonios de las escrituras matriz, así que mi consejo es una cosa a la vez, no por correr más rápido se llega más luego a la meta, es mejor hacer las cosas con tiempo y con calma para evitar contratiempos.
Y en atención a su consulta el art. 17 inciso 1° de la Ley del Notariado , establece que "Los libros de protocolo se formarán con hojas de papel sellado correspondiente de numeración correlativa, que en cantidad no menor de veinticinco debidamente foliadas con letras en la esquina superior derecho de sus frentes se presentarán a la Sección del Notariado de la Corte Suprema de Justicia, si el notario reside en la capital de la República, o al Juez de Primera Instancia competente de su domicilio reside fuera de ella".
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.