Buenos tardes la respuestas a su caso son las siguientes:
1) El notario para inscribir un bien tiene que seguir los siguientes pasos: 1) Pagar los Derechos Registrales que genera la venta; 2) Presentar el Testimonio de la Compraventa del bien Inmueble en la ventanilla de recepción de documentos en El Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas; y 3) El instrumento es calificado por un Registrador y si no presenta errores u omisiones es inscrito.
2) El notario para subsanar tiene dos opciones: a) Si tiene el Protocolo vigente puede retirar el instrumento sin inscribir y corregir la Escritura Matriz o b) Presentar una Escritura de Rectificación de Compraventa.
3) Los servicios y aranceles que se deben pagar por la inscripción y subsanacion se los proporcionan en atención al usuario del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas.
ABOGADO Y NOTARIO Autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.
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