Buenos días.
Asumo que cuando dice que la ha retirado, se refiere a que la retiró sin inscribir.
Si es así, legalmente la sociedad no nació a la vida jurídica, por lo que perfectamente puede volver a otorgar una nueva escritura de constitución.
Si la denominación de la sociedad será diferente, está constituyendo una nueva sociedad distinta a la anterior, por lo que no veo inconveniente legal que lo haga.
Solo tenga presente que el aporte de capital se hace mediante cheque certificado girado a nombre de la sociedad que se constituye por lo que el que se emitió para la sociedad que retiró sin inscribir, no le serviría para esta nueva sociedad.
Esa es mi humilde opinión.
Saludos.