1. El poder especifico de familia, solo opera en procesos ante jugados de familia, ya que lo regula la ley procesal de familia, siendo una ley especial de esa materia, así que no puede ser uno similar; con poder general judicial con clausula especial estará bien, especificando que tienes toda las facultades sin restricciones dentro de la conciliación y posibles audiencias futuras si no lograran conciliar.
2. Indaga si dentro del contrato de trabajo del trabajador se estipulo posibles traslados (si no se estipulo el trabajador puede alegarlo), también indaga si el patrono levanto alguna amonestación por escrito al trabajador cuando este abandono su lugar de trabajo sin aviso, procura reunir estos documentos y saber toda la información posibles o podrías verte sorprendido ante los alegatos del trabajador.
3. Ofrece el reinstalo, pero en las misma condiciones que tenia antes de ser trasladado, ya que en caso contrario el trabajador podrá alegar que se están desmejorando sus condiciones laborales, sino acepta, él se vera mal. Si fuera posible, hablen con el trabajador antes de la audiencia de conciliación, suele ser mas fácil arreglar en privado que ante el juez.
4. Sobre cuanto cobrar, por el poder a unos 50 o 60 dolares, por el estudio del caso, el estudio de los documentos que te mencione y asistir a la audiencia, yo diría que inicies hasta con 200, valora tus gastos de movilización, podría ser mas (pero a ver como te va con la regateada de los clientes).
Suerte.