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jcrodezno escribió: Buenos días.
Lamentablemente la situación de su amigo es muy pero muy frecuente. Mas en las condiciones actuales de la economía salvadoreña.
La ley en realidad no dispone de muchas herramientas para poder proceder en estos casos, como si ocurre en otros países como Estados Unidos donde uno puede declararse en quiebra y así se obliga a los acreedores a reestructurar las deudas.
En lo personal nunca he visto un caso así, pero se me ocurre que podría iniciar un procedimiento judicial de Declaración de Suspensión de Pagos. Es un proceso similar al de la quiebra, pero en este la deuda siempre existe, lo unico que sucede es que se congelan los intereses para que el deudor pueda ir pagando según lo ofrezca en el tribunal.
Saludos.
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jcrodezno escribió: Con todo respeto colega ABOGADOSNOTARIOSES, concuerdo con usted solo parcialmente.
En realidad el proceso no opera porque nadie lo pone en práctica o porque no lo conocen.
Es un proceso legal, se encuentra regulado y vigente. Pienso que como asesor de su cliente, se le deben poner todas las opciones sobre la mesa, aún y cuando alguna pareciera poco probable que resulte positivo, explicando para cada opción, las probabilidades, los pro y los contra.
Ahora bien, en caso de iniciar ese proceso, cómo resolvería un juez? Eso pues no podríamos saberlo si no se intenta.
En mi oficina particular, un colega siguió un proceso de suspensión de pagos hace varios años y resulto favorable para su cliente.
Y si concuerdo con usted que lo ideal es buscar un arreglo con el banco, pero, no se si en su experiencia ha logrado alguna vez un acuerdo favorable para su cliente en las condiciones en que las manifiesta la colega que publicó la consulta. En mi experiencia personal, el Banco impone sus condiciones, no hay tal "arreglo".
La otra opción que tendría es buscar un re financiamiento de la deuda, pero lo primero que le pedirán es pagar, al menos los intereses pendientes.
Saludos.
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Nicolas Avellaneda escribió: Cuando todo parece un laberinto porque tiene deudas que no puede pagar, incluso ya ha incumplido con el compromiso adquirido con ciertos créditos bancarios u otras obligaciones y por ende ya no tiene la posibilidad de optar por algún mecanismo de auxilio, cuando cree que perderá lo poco que le queda, puede acogerse a la ley segunda oportunidad , la cual está formulada para tender esa mano que le permita resurgir de la adversidad.
Tan solo busque un abogado que le oriente y acompañe para aprovechar esa alternativa que le ofrece la legislación española.
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