buenos dias, tengo una consulta,a un amigo le autorizaron su primer libro de protocolo el 22 de marzo de este año(razon de inicio) le dijeron en la seccion de notariado que podia asentar instrumentos hasta el dia 21 de marzo de 2014, he notado que los paso ante mi, los hace indicando que la fecha de vencimiento de su protocolo es el dia 21 de marzo de 2014, es eso correcto o tendria que señalar en el paso ante mi, que su libro de protocolo vence el dia 22 de marzo de 2014, esta semana me hizo un instrumento y el me dice que asi es y yo he quedado con esa duda, yo no soy notaria, esta correcto o no lo que esta haciendo mi amigo?
La vigencia del Libro de protocolo es de UN AÑO: Art. 18.- Las hojas para la formación de libros de protocolo y los libros ya formados, a que aluden los incisos primero y último del artículo anterior, una vez hecha la correspondiente legalización,
tendrán vigencia y podrán ser utilizados durante un año contado desde el día de su entrega al Notario, debiendo usarse las hojas en el orden de su numeración
Entonces si un Libro de Protocolo fue entregado el 22 de marzo de 2013, finaliza el 22 de marzo de 2014; y asì debe consignarlo en la razòn del Paso Ante Mi:
Tengo muchos años de ser Notario y siempre he respetado esa regla y nunca he sido observada en ese aspecto por la Secciòn de Notariado.
No imagino porque se le indico que no puede elaborarse escrituas el 22 de marzo de 2014.
si NVramirez, tienes razón el protocolo tiene vigencia de un año, yo creo que muchas veces la gente de la sección anda de malas y dice cosas que no son
La respuesta es sencilla colega y ya establecida por la ley del Notariado en Su Art. 18.- Las hojas para la formación de libros de protocolo y los libros ya formados, a que aluden los incisos primero y último del artículo anterior, una vez hecha la correspondiente legalización,tendrán vigencia y podrán ser utilizados durante un año contado desde el día de su entrega al Notario, debiendo usarse las hojas en el orden de su numeración.
Desconozco las razones del porqué la sección del notariado le manifestó lo contrario, mas parece que su amigo entendió mal.
"cómo se cuenta este año de vigencia? Hay dos tendencias prácticas en nuestro país: 1ª) Si por ejemplo se entrega el día 11 de junio de 1985, el protocolo vence el 11 de junio de 1986, o sea que este día todavía puede el notario cartular en ese protocolo. 2ª) Si se entrega el 11 de junio de 1985, vence el día diez de junio de 1986. Las consecuencias son realmente según sea cualquier criterio el correcto. Si el primero es el erróneo, al cartular el notario el día 11 de junio de 1986, tal acto sería inválido, por no tener vigencia el protocolo hasta esa fecha. Si el segundo es erróneo, el notario se abstendría de ejercer el notariado erróneamente, pudiendo en ese día 11 de junio de 1986 negarse a autorizar el testamente de una persona en paso de muerte, por un criterio errado. También tiene importancia en cuando a esa razón de “pasó ante mí”, se pondría en el primer criterio que la fecha de vencimiento es el 11 de junio de 1986 y en el segundo se pondría que es el 10 de junio de 1986. En la práctica se siguen los dos criterios y la Corte Suprema de Justicia ha aceptado ambos, absolutamente nada ha opinado al respecto, ni ha impuesto sanciones a los notarios, adoptando ella los dos, sin embargo la realidad es que un criterio es legal y otro es ilegal. El plazo de vigencia del protocolo está determinado en el Art. 18 y se cuenta el plazo de conformidad a la ley, inclusive el día de la entrega. Si hacemos uso del Código Civil en su primera parte nos encontramos con el Art. 46 y de acuerdo con este artículo, el segundo criterio es el legal." RICARDO MENDOZA ORANTES, Derecho notarial salvadoreño.
Personalmente sostengo la primera postura.
El siguiente usuario dijo gracias: Yaky, Lynsa Everet, star73
La vigencia es de un año según el art. 18 LN y tienes que consignar la fecha en que ha sido legalizado y solo le cambias el año Ej. Si te han legalizado las hojas con fecha 13 de Julio de 2013 el libro vence el 13 de julio de 2014.
karla1995 escribió: buenos dias, tengo una consulta,a un amigo le autorizaron su primer libro de protocolo el 22 de marzo de este año(razon de inicio) le dijeron en la seccion de notariado que podia asentar instrumentos hasta el dia 21 de marzo de 2014, he notado que los paso ante mi, los hace indicando que la fecha de vencimiento de su protocolo es el dia 21 de marzo de 2014, es eso correcto o tendria que señalar en el paso ante mi, que su libro de protocolo vence el dia 22 de marzo de 2014, esta semana me hizo un instrumento y el me dice que asi es y yo he quedado con esa duda, yo no soy notaria, esta correcto o no lo que esta haciendo mi amigo?
hola, yo soy notario tambien y me dieron mi 1 libro este año y me dijo el lic de la seccion del notariado la misma indicacionq se pusod e controversi, por ejemplo me lo dieroon el 10 de mayo y me dijo q podia otrorgar escrituras hasta el 9 de mayo. asi q no es invento eso es loq dijo la seccion del notariado pero yo mis PASO los he hecho con la fecha 10 de mayo.
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"